12 de diciembre de 2024. El Congreso de Chihuahua, aprobó este día las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción, de los Ayuntamientos de Casas Grandes, Delicias, Nuevo Casas Grandes y San Francisco de Conchos, mismas que servirán de base para la determinación del valor catastral y el cálculo de las contribuciones en materia de propiedad inmobiliaria, durante el Ejercicio Fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.

En ese sentido y de conformidad con el artículo 28, fracción I, de la Ley de Catastro del Estado de Chihuahua, a partir del 1° de enero del año 2025, deberá actualizarse el valor de cada una de las cuentas del padrón catastral con base en las Tablas autorizadas, sujetándose a las reglas establecidas en la referida Ley y este Decreto, explicó la diputada Leticia Ortega Máynez, en representación de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública.

Además, los Municipios objeto del presente Decreto, durante el año 2025, deberán actualizar el padrón catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción. La misma, deberá ser en términos porcentuales, proporcional y acorde a las características constructivas, geográficas, socioeconómicas y de valoración de la propiedad inmobiliaria existentes en cada Municipio.

Aunado a lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, a través de la Dirección de Catastro del Estado, informará de manera pormenorizada a este Poder Legislativo, del cumplimiento de los Municipios del Estado, respecto al informe de resultados obtenidos del diagnóstico realizado durante el año 2024, con la participación de peritos valuadores autorizados, sobre el estado que guardan los valores unitarios de suelo y construcción, en relación con el valor de mercado.

Por otro lado, los peritos valuadores o especialistas en valuación debidamente acreditados y autorizados, deberán informar fehacientemente a la Autoridad Catastral Municipal, de los avalúos practicados durante el ejercicio fiscal 2024 y en lo subsecuente, con relación a la determinación de la base del Impuesto sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles, a que se refiere la fracción I, del artículo 158, del Código Municipal para el Estado de Chihuahua.

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